El área de Cesantías tiene como objetivo misional garantizar el trámite y pago de la prestación de manera eficiente y oportuna, en los términos establecidos por ley y los procedimientos de la entidad.
Cesantía
Auxilio económico de creación legal a cargo del patrono y a favor del servidor público, Ley 6ª de 1945
Régimen de Retroactividad
Este régimen lo determina la fecha de vinculación (antes del 30 de junio de 1994) de los empleados y trabajadores al servicio público que hayan decidido mantenerse en él, cuya naturaleza configura un especial beneficio frente al régimen de liquidación anual, toda vez que el monto de la prestación se liquida con base en el último salario sino ha tenido variación en los últimos tres (3) meses o por el promedio de lo devengado en los últimos doce meses.
Solicitud
Se debe adelantar ante las Oficinas de Recursos Humanos de la respectiva entidad nominadora
Radicación
Una vez se haya notificado del formulario “AUTORIZACION DE PAGO DE CESANTÍAS” y se encuentre ejecutoriado éste acto administrativo, se debe radicar en el área de Cesantías del FONCEP ubicada en la Carrera 9 No. 70-69. en jornada continua de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. Allí se hará la revisión y validación de la información y una vez se encuentre conformidad, se procederá a adelantar el trámite de radicación para trámite de pago.
Recuerde que
Pago
El pago de las cesantías se realizará así:
No olvide
Entrega del cheque
El cheque podrá ser reclamado por el beneficiario presentando fotocopia ampliada al 150% de la Cédula de Ciudadanía en la Carrera 13 No. 27-47 Piso 10º entre las 9:00 a.m. y 1:00 p.m. y las 2:30 p.m. y las 4:30 p.m.