Gentil Escobar Rodríguez

El nuevo Director del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP

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En caso de convivencia simultánea, conyuge y compañera permanente tiene derecho a pensión de sobrevivientes

La Corte Constitucional señalo que el aparte demandado del literal b) del artículo 13 de la Ley 797 de 2003, regula un fenómeno social que no se contemplaba en el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, que es la posibilidad de que un afiliado al Sistema de Seguridad Social en Pensiones conviva simultáneamente con un cónyuge y con un compañero o compañera permanente.

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Pagos por abono en cuenta : la transferencia se realiza a las 10:30 a.m. del día siguiente a la radicación del formulario en FONCEP , el afiliado puede contar con los recursos después del medio día.

Pagos por cheque : están listos para su entrega a las 10:30 a.m. Del día siguiente a la radicación del formulario en FONCEP, es decir que pueden ser reclamados por el afiliado desde esa hora en Fiduoccidente carrera 13 no. 27-47 piso 10º.

PAGOS DE CESANTIAS DENTRO DE LAS 7 HORAS HÁBILES SIGUIENTES A LA RADICACION DEL FORMULARIO DE  AUTORIZACION EN FONCEP

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Última actualización 18 de Noviembre de 2008

 

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