El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. El concepto ampliado lo brindan los artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015.
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Vigilancia ciudadana
Es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).
Nota: en caso de requerir control social sobre un tema específico que considere no se encuentra dentro de las opciones dadas, lo invitamos a escribirnos a servicioalciudadano@foncep.gov.co
Informes, observaciones y acciones de mejora derivados de vigilancia ciudadana
En esta sección encontrará el resumen de los temas objeto de vigilancia, informes de supervisión, registro de observaciones y acciones de mejora. Lo anterior, solamente en caso de que la sección vigilancia ciudadana genere acciones de control social.