CONTRATAR LA ADMINISTRACIÓN DE DOS PATRIMONIOS AUTÓNOMOS: PATRIMONIO AUTÓNOMO DEL FONDO DE PENSIONES PÚBLICAS DE BOGOTÁ D.C., Y PATRIMONIO AUTONOMO DE CESANTÍAS DE LAS ENTIDADES AFILIADAS AL FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS CESANTÍAS Y PENSIONES ¿ FONCEP, según el siguiente detalle:
I. PATRIMONIO AUTÓNOMO DEL FPPB: Recursos Financieros del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá D.C., para lo cual deberá: i) Administración de los recursos del FPPB ii) Recaudar los ingresos que se generen a favor del FPPB.
II. PATRIMONIO AUTÓNOMO DE CESANTIAS: Recursos Financieros destinados al pago del pasivo laboral de cesantías de las entidades afiliadas al FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS CESANTÍAS Y PENSIONES ¿ FONCEP, para lo cual deberá: i) administrar los recursos ii) Recaudar los ingresos que se generen a favor del patrimonio y iii) realizar los pagos de cesantías parciales y definitivas.
LP 02-2016
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