Certificado de pensión - no pensión
Obtener constancia en la que se certifica que tiene o no tiene pensión reconocida por Foncep, o que se ha solicitado reconocimiento de pensión y que está en estudio.
Obtener constancia en la que se certifica que tiene o no tiene pensión reconocida por Foncep, o que se ha solicitado reconocimiento de pensión y que está en estudio.
Obtener el comprobante de pago de la mesada pensional. Para acceder a este servicio
Es el derecho que tiene el sustituto de una pensión compartida con otros beneficiarios, de solicitar el acrecentamiento de la mesada pensional, cuando fallezca, expire o se pierda el derecho de alguno de los beneficiarios.
Obtener el certificado de ingresos y retenciones del año inmediatamente anterior.
Actualizar la cuenta bancaria en la cual recibe su mesada pensional.
Informar al FONCEP el cambio de entidad promotora de salud, para que se hagan los aportes correspondientes de cada mesada.
Los pensionados sustitutos que se encuentran entre los 18 y los 25 años de edad, deben acreditar periódicamente su incapacidad para laborar por razones de estudio, radicando periódicamente, según su ciclo de estudios (anual, semestral, trimestral o bimensualmente) la certificación expedida por la respectiva institución educativa.
Es la acreditación de supervivencia, que deben hacer cada seis meses los connacionales que se encuentren fuera del país ante las entidades que forman parte del Sistema General de Seguridad Integral.
Es la reposición de las mesadas causadas y que no fueron cobradas por el pensionado.
Informar a la entidad del fallecimiento del beneficiario de una pensión, con el fin de suspender los pagos para evitar recobros posteriores.