Ley 4 de 1976

“por la cual se dictan normas sobre materia pensional de los sectores público, oficial, semioficial y privado y se dictan otras disposiciones”.

LICITACION - PATRIMONIOS AUTONOMOS

Contratar la fiducia mercantil para la administración de los recursos del Patrimonio Autónomo denominado PATRIMONIO AUTONOMO DEL FONDO DE PENSIONES PÚBLICAS DE BOGOTÁ D.C. - FPPB y PATRIMONIO AUTÓNOMO DE CESANTIAS, destinados al pago del pasivo pensional y al pago del pasivo laboral de cesantías, y de las actividades conexas y complementarias que implican dicha administración