Aspectos primordiales Reforma al Sistema de Salud Colombiano Proyecto de Ley 339 de 2023.

Aspectos primordiales Reforma al Sistema de Salud Colombiano Proyecto de Ley 339 de 2023.

Foto de una señora de la tercera edad siendo atendida por su médico quien le toma signos vitales con el estetoscopio, ambos rien y se encuentran en el consultorio médico.
Foto de gpointstudio en Freepik
Publicado
31
Oct
2023

Por: Eyda Milena Espitia Rodríguez (Contratista Subdirección Técnica de Prestaciones Económicas) y Jennifer Rodríguez Gutiérrez (Gerente (E) de Pensiones de FONCEP.

El Proyecto de Ley 339 de 2023, plantea reformas significativas al sistema de salud las cuales han generado debate entre el gobierno, la oposición, pacientes, aseguradoras, prestadores de servicios y la sociedad en general. 

Dentro de los aspectos relevantes del Proyecto se destacan el surgimiento de los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS), la transformación de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en Gestoras de Salud y Vida y la gestión de recursos y servicios de salud.

Los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) serán esenciales en el sistema de salud colombiano, representan el primer punto de contacto para la atención médica de la población.  Es por esta razón que todos los usuarios del Sistema de Salud deben estar adscritas a un CAPS en función de su lugar de residencia.

La implementación de los CAPS, impactará  significativamente  en la organización y asignación de recursos en el sistema de salud; instancia que al implementarse permitirá  recolectar  información georreferenciada en salud y la prestación de servicios individual y colectivo; así como la inclusión de medicinas alternativas y complementarias, lo que representa un cambio significativo en la oferta de servicios de salud. 

También propende por garantizar a las personas el acceso oportuno, seguro, eficiente y pertinente de los servicios de salud y a los servicios farmacéuticos con apoyo de los operadores farmacéuticos.

La creación de los CAPS genera un cambio significativo en la forma en que se organizan y prestan los servicios de salud primarios. Una de sus principales inquietudes surge respecto a la   inscripción obligatoria eliminando el derecho a la libre elección del prestador. A la fecha aún  no se ha definido el plan de beneficios y las tecnologías que estarán a cargo de los CAPS y por ende se desconocen el presupuesto que se asignara para su ejecución.

La transformación de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en Gestoras de Salud y Vida, tendría un impacto significativo, pudiendo continuar operando hasta por dos años antes de convertirse en Gestoras de Salud y Vida;  las EPS deben colaborar en la organización de los CAPS, lo que representa un cambio en su función tradicional de aseguradoras de salud.

Las Gestoras de Salud y Vida pueden ser entidades de naturaleza privada, pública o mixta. Tienen un papel fundamental en la gestión integral del riesgo en salud y operativo en el territorio asignado, deben coordinar la conformación de las Redes Integradas de Servicios de Salud en sus territorios, lo que implica un cambio en la organización de la atención.

Sus funciones las convierten en actores de segunda línea, recibirán una contraprestación a los servicios de salud, autorizada por parte de la Administradora de Recursos para la salud (ADRES).

La ADRES pagará el 80% del valor de las cuentas dentro de los 30 días siguientes a su presentación, lo que podría agilizar el flujo de fondos. (La subcomisión sugiere que se eleve el pago inicial al 85%). El 20% restante, estará sujeto a revisión y auditoría, lo que garantiza la calidad de la atención y el uso eficiente de los recursos.

El Proyecto de reforma a la salud contiene aspectos fundamentales que contemplan la equidad y el control financiero por parte del Gobierno que buscan mejorar el servicio de salud a los colombianos.

Consultada la página web oficial del Ministerio de Salud y Protección Social, se encuentra la siguiente información que resume concretamente, lo expuesto anteriormente así:

“1. Se trata de un modelo de salud enmarcado en la salud primaria y determinantes sociales en salud, como lo plantea la Organización Mundial de la Salud (OMS) 

2. Busca un modelo de atención con enfoque preventivo, predictivo y resolutivo, cuidando las familias y las comunidades. 

3. Cada persona, familia y comunidad contará con un equipo multidisciplinario que le ayudará a mantenerse saludable y, cuando se requiera, remitirá su atención, de manera rápida y eficaz, a los especialistas. 

4. Se aprobará un modelo de atención basado en el cuidado integral de la población, que fomentará la participación. 

5. Lleva los servicios que reciben satisfactoriamente los usuarios en grandes ciudades, como Bogotá, a los municipios más pobres de Colombia. 

6. Respeta la interculturalidad, garantizando que indígenas, afros y pueblos Rrom tengan el reconocimiento de sus saberes ancestrales. 

7. Tiene un pagador único para garantizar la liquidez de hospitales y clínicas. 

8. Plantea inversión en infraestructura y equipamientos, así como en el saneamiento de las deudas de los hospitales públicos.

9. Las nuevas Gestoras de Salud y Vida, antes EPS, analizarán riesgos en salud para la población, realizarán auditorias de calidad y contribuirán al uso eficiente de los recursos financieros. 

10.Este proceso ha contado con el diálogo permanente de todos los sectores, incluyendo trabajadores de la salud, pacientes y gerentes de las EPS.”


Independientemente de cómo llegue a quedar el texto definitivo de la reforma a la salud; el mayor reto que se vislumbra para el Gobierno Nacional de cara a una inminente reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud;  consiste en llevar a toda población a un estado  de consciencia frente al auto cuidado, como desarrollo del principio de, prevención y predicción de los riesgos en salud de los Colombianos.

Lo anterior conllevará al fomento de una política e implementación de la gestión pública, respecto a una alimentación saludable y la práctica de la actividad física, como pilares personales para alcanzar un estado de bienestar que involucre cuerpo, mente y espíritu, en especial para la población más vulnerable.

Fuentes de Información: www.larepublica.co, www.elcolombiano.com, www.consultorsalud.com, www.mininterior.gov.co, www.minsalud.gov.co