FONCEP tiene nuevo procedimiento para los códigos de libranzas

FONCEP tiene nuevo procedimiento para los códigos de libranzas

#FONCEPTeFacilita - ¡Información importante! - Conoce el nuevo procedimiento para los códigos de libranzas.
Pieza: FONCEP - Foto de pch.vector en Freepik
Publicado
21
Abr
2023

El Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP por medio de la resolución No. DG - 00022 del 14 de abril de 2023 estableció un nuevo procedimiento para la asignación o renovación de código interno de descuento, necesario para las libranzas de pensionados y servidores públicos.

De esta manera la Entidad busca garantizar el cumplimiento de la normatividad vigente relacionada con las operaciones de libranza y descuentos directos, además ofrecer un servicio eficiente y transparente a sus pensionados y colaboradores. 

La resolución aplica directamente a entidades que actualmente cuentan con un código interno de descuento activo de FONCEP y a las entidades que quieran sumarse a partir de la fecha. El proceso de implementación tendrá unos tiempos de actualización y se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes parámetros:

  • Fechas para la radicación de solicitudes de asignación: a partir de la fecha, para las solicitudes de asignación se deberán presentar los documentos requeridos en dos fechas:
    • Primera radicación: dentro de los diez (10) primeros días del mes de marzo.
    • Segunda radicación: dentro de los diez (10) primeros días del mes de octubre.

Esto con el ánimo de actualizar todos los códigos internos ya existentes, y recibir las nuevas solicitudes en un cronograma fijo.

“El objetivo de estas acciones, es generar un procedimiento que cubra eficientemente las necesidades de nuestros pensionados y servidores públicos. Evidenciamos que en los procesos había una oportunidad de mejora; y hoy, estamos felices de realizar la publicación de la presente resolución” manifiesta Carolina Damián Recaman, Gerente de Pensiones FONCEP.

Este procedimiento se ejecutará bajo la responsabilidad exclusiva de la entidad operadora de la libranza correspondiente, con un cumplimiento riguroso de toda la normativa aplicable a estas operaciones; así, como de las instrucciones y órdenes impartidas por las autoridades de inspección, vigilancia y control.

Cabe destacar que las actividades de libranza o descuento directo por entidades incluidas dentro de la definición de entidades operadoras de libranza, se establecen en el artículo 2° de la Ley 1527 de 2012, modificado por el artículo 2º de la Ley 1902 del 22 de junio de 2018, y se llevará a cabo bajo el estricto cumplimiento de toda la normatividad aplicable a dichas operaciones.

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